Los índices de referencia más utilizados

Los índices que se detallan a continuación son los que tienen
carácter oficial y elabora y publica el Banco de España.



Índice de bancos:

Es el tipo de interés medio de los préstamos hipotecarios a
más de tres años que los bancos han concedido durante ese mes
para la adquisición de vivienda libre y está expresado en Tasa
Anual Equivalente (TAE). Es, por tanto, una media de los contratos de préstamos
hipotecarios que en ese momento se han formalizado en el mercado y que el
Banco de España ha calculado con los datos que le remiten las entidades.



Índice de cajas:

Es exactamente lo mismo que el anterior aunque, en este caso, recoge los tipos
medios de los contratos de préstamos hipotecarios formalizados en las
cajas de ahorros. También está expresado en TAE.



Tipo medio del conjunto de las entidades de crédito:

Este índice engloba los dos anteriores y, por eso, recoge una media
mucho más amplia.



Indicador de la CECA de los tipos de activo:

Este índice es una media de los tipos anuales equivalentes (TAE) aplicados
por las cajas de ahorros tanto a los préstamos hipotecarios como a
los préstamos personales.



Referencia interbancaria a un año (más conocida como Euribor Hipotecario)

Se define como la media aritmética mensual simple de los valores diarios,
del tipo publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones
de depósito en euros a plazo de un año calculado a partir del
ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar
calificación (Euribor). Es el Banco de España quien calcula
y publica mensualmente esta referencia.



Rentabilidad interna de la deuda pública:

Es un índice muy poco utilizado. Se calcula sobre la rentabilidad media
a la que se negocian los bonos del Tesoro entre dos y seis años de
plazo.



¿Cómo se aplican los índices de referencia para revisar el tipo de interés?



Los índices de referencia son los que garantizan al cliente que cuando
se revise el interés de su préstamo éste quedará
ajustado a los precios del mercado ya que, como vimos al analizar los indicadores,
éstos no son más que la media de los préstamos formalizados
en determinado periodo.



Observe que la publicación de los índices
suele tener un cierto retraso y que, por tanto, el índice que a usted
se le aplicará es el último disponible o publicado en la fecha
en que procede a la revisión.



Ahora bien, a la hora de aplicar estos índices hay que tener en cuenta
dos factores. Uno es lo que se conoce como el redondeo. La
Ley de Mercado Financiero de 22 de noviembre de 2002 establece que si se practica
el redondeo de los índices de referencia tiene que hacerse necesariamente
al intervalo más próximo sin que pueda exceder dicho intervalo
del octavo de punto (0,125). Así, por ejemplo, si el Euribor está
en el 5,91%, este se redondea al 6%.



Pero, más importante todavía es la aplicación al índice
del llamado margen o diferencial, que no es más que
la cantidad que las entidades suman al índice de referencia que se
ha tomado como base. Por ejemplo, si un cliente tiene contratado un préstamo
al Euribor más un punto y el Euribor está en el 6%, el nuevo
tipo de interés del crédito será ese 6% más el
punto establecido en el diferencial, es decir, un 7%.



El diferencial que se aplica no es igual para todos los índices. En
el caso del índice de bancos y cajas, dicho diferencial suele ser menor
que el que se aplica al Euribor. La razón es muy sencilla: el Euribor
suele partir de un valor más bajo y para igualarlo al mercado se añade
un diferencial mayor. Sin embargo, los principales índices de referencia
acaban recorriendo el mismo camino.

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